VENEZUELA_DEMOCRATICA

 

 

 

 

Esta es una copia de lo que fuera el website de la Mesa de negociación y Acuerdos

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Carta de Gente de Petróleo a Embajadas de países amigos

Nosotros, miembros de la Sociedad Civil, pertenecientes a las organizaciones Gente del Petróleo, Unapetrol, Red de Energía Positiva y Vigilantes de la Democracia, acudimos ante usted con el fin de exponer lo siguiente:

 

•  En mayo de 2003 representantes del Gobierno Venezolano y de la Oposición firmaron un acuerdo después de seis meses de deliberaciones, en el cual se establece el lograr una salida electoral, pacífica, democrática y constitucional a la crisis política y de gobernabilidad que vive actualmente Venezuela. Este Acuerdo fue suscrito con la participación en calidad de mediador del Secretario General de la Organización de Estados Americanos (OEA), Doctor César Gaviria. Es preponderante destacar, que el Acuerdo contempla como punto fundamental la celebración de un Referéndum Revocatorio del mandato del Presidente de la República, lo que permite al ciudadano participar por la vía democrática y electoral en la resolución de la crisis y además supone la aplicación de los Principios de la Democracia Participativa recogidos en el Artículo 72 de la Constitución Nacional.

•  Igualmente, el Acuerdo contó con la efectiva participación del expresidente de los Estados Unidos de América y presidente del Centro Carter, Señor James Carter, y la activa y oportuna intervención del Grupo de Países Amigos.

•  En atención a lo preceptuado en el referido Acuerdo y en razón de la imposibilidad de la Asamblea Nacional de llegar a un pacto político para designar a los rectores del Consejo Nacional Electoral, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, manifestando que hubo una Omisión Legislativa acordó designar a dichos rectores, e incluso, a otras autoridades del Poder Electoral y le atribuyó a este organismo la competencia para dictar las normas que regularían los procesos refrendarios de cargos de elección popular. En ese momento le advirtió a los rectores que quedaba “Prohibido Equivocarse”.

•  A tales efectos, entre los meses de septiembre y noviembre de 2003, fueron dictados por el Poder Electoral los instructivos normativos para regular los referidos procesos refrendarios de cargos de elección popular, con especial atención al proceso de Referéndum Revocatorio del Presidente de la República, cuyas disposiciones, fueron estrictamente seguidas por el pueblo de Venezuela en el proceso de recolección de firmas celebrado durante los días 28, 29 y 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2003, en donde firmaron más de 3,2 millones de ciudadanos, lo que excede ampliamente el número de rúbricas exigidos en el artículo 72 de nuestro Texto Fundamental.

•  Es el caso, excelentísimo señor Embajador, que a pesar de que el colectivo nacional cumplió con total apego las disposiciones emanadas del organismo electoral, dicho ente, con una clara intromisión del Poder Ejecutivo, ha vulnerado la voluntad de los ciudadanos firmantes y con ello, irrespetado los principios constitucionales por las razones que mencionamos a continuación:

•  Violación de los lapsos para la verificación y validación de firmas contemplados en los propios instrumentos jurídicos emanados del Poder Electoral.

•  Violación del Principio de la Irretroactividad de las Leyes , al establecer nuevos criterios para la verificación y validación de firmas, estando vigentes los dispuestos en los instrumentos dictados a tales fines. Recordamos que solo se admite la retroactividad de una norma cuando esta beneficia al débil jurídico de la relación, situación contraria esta a lo que ha ocurrido en el Consejo Nacional Electoral.

•  Violación del Principio Universal del Derecho de Presunción de Inocencia , al pretender someter a “observación” las llamadas “planillas con firmas asistidas”. En este punto queremos destacar que se pretende poner en entredicho la voluntad de miles de ciudadanos que firmaron en forma clara e indubitable, alegando que los datos del firmante fueron llenados por la misma persona. Como se observa aquí, se pretende invertir la carga de la prueba, lo que viola flagrantemente los Principios Universales del Derecho.

•  Por lo antes expuesto, se concluye que mediante la utilización de artificios y tecnicismos se pretende vulnerar la voluntad de los firmantes, por lo cual se está violando el Principio de la Primacía de la voluntad del elector consagrado en nuestra Doctrina, tratando de hacer prevalecer formas y apariencias sobre la verdadera expresión de voluntad ciudadana.

En virtud de lo anterior y por constituir nosotros organizaciones de ciudadanos cuyos derechos están siendo vulnerados, a instancias del poder único nacional ejercido por el señor Hugo Rafael Chávez Frías, solicitamos a usted:

 

1.- Se active el Grupo de Países Amigos de Venezuela en su función de apoyar a la Organización de Estados Americanos (OEA) a culminar su función de garante de los acuerdos firmados por las partes en la Mesa de Negociación y Acuerdos en mayo de 2003.

 

2.- A instar al Gobierno venezolano a deponer su actitud de intervención y obstrucción de los procesos de consulta popular consagrados en nuestra Carta Magna.

 

3.- A mantener una actitud vigilante de los intentos gubernamentales de ignorar la voluntad popular expresada por la ciudadanía en el proceso de recolección de firmas llevado a cabo durante los días 28, 29, 30 de noviembre y 1 de diciembre de 2003 para solicitar un Referéndum Revocatorio Presidencial.

 

4.- Solicitamos que en el caso de persistir las violaciones al orden constitucional y legal por parte del Presidente de República y el Ejecutivo Nacional se reconozca nuestro legítimo derecho a activar los mecanismos constitucionales previstos en los artículos 333 y 350 de la Constitución Nacional para restituir el orden constitucional y hacer valer el ejercicio de nuestros sagrados derechos.

 

Atentamente,

 

Por Gente del Petróleo, Unapetrol, la Red de Energía Positiva, Vigilantes de la Democracia y otras organizaciones civiles.

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