MEDIDAS CAUTELARES 2000

1.         Medidas Cautelares otorgadas por la CIDH durante el año 2000

u.       Venezuela 

57.     El 7 de febrero de 2001, la Comisión Interamericana otorgó medidas cautelares en favor del periodista Pablo López Ulacio, director del semanario “La Razón”.  La Comisión indicó que el señor López Ulacio “se encuentra en una situación de grave riesgo y se solicitó que cese el hostigamiento contra la libertad de expresión del periodista y en consecuencia, se levante la medida de censura previa que pesa en su contra, la cual comprende al semanario La Razón”.  Las partes han brindado información a la Comisión con relación a dichas medidas cautelares.  

58.     El 12 de marzo de 2001, la Comisión acordó la adopción de medidas cautelares para preservar, entre otros, los derechos a la vida e integridad personal de los Refugiados colombianos en Venezuela, Manuel de Jesús Pinilla Camacho y Otros.  Con base en la información suministrada por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL), el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA), la Oficina de Acción Social del Vicariato Apostólico de Machiques y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), la CIDH consideró que las personas se encontrarían en una situación de grave riesgo y la adopción inmediata de medidas cautelares resultaba necesaria “para evitar daños irreparables a las personas”.

http://www.cidh.oas.org/medidas/2000.sp.htm

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