FORO
PARA LA DEMOCRATIZACION DE LA JUSTICIA Y LOS DERECHOS HUMANOS
 TERCERA REUNION
Mecanismos de participación de la sociedad civil
en el proceso de legitimación del Poder Ciudadano, Electoral y Judicial
MIERCOLES 22 DE MAYO DE 2002
Lugar: Sede del ILDIS, Avenida San Juan Bosco, Altamira, Edificio San Juan, piso 4
Hora: 2:30 p.m.
Agenda
 
 
Amigos
El martes la Asamblea Nacional aprobó en primera discusión el proyecto de ley del Poder Electoral, después de pasar ocho meses engavetada, y le dieron "urgencia parlamentaria"
En ese proyecto de ley esta una propuesta de Comite de Postulaciones para la selección de los miembros de ese poder, que no se parece a los que hemos conversado. Les copio:

ARTÍCULO 15

El Comité de Postulaciones Electorales está integrado por once  (11) miembros, designados o designadas de la siguiente manera:

  1. Tres (3) de los miembros son Diputados o Diputadas de la Asamblea Nacional, designados o designadas mediante el voto favorable de sus dos terceras partes.
  2. Dos (2) de los miembros son designados o designadas por los rectores de las universidades públicas nacionales, con el voto favorable de sus dos terceras partes, pudiendo ser escogidos o escogidas de su seno o fuera de él.
  3. Dos (2) de los miembros son designados o designadas por las academias nacionales, mediante el voto favorable de sus dos terceras partes, pudiendo ser escogidos  o escogidas de su seno o fuera de él.
  4. Dos (2) de los miembros son designados o designadas por la Confederación de Trabajadores de Venezuela.
  5. Dos (2) de los miembros son designados o designadas por Fedecamaras.

 Documento enviado por Mercedes De Freitas

Comité de Postulaciones   y    Concepto y Proceso

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