Respuesta de la Corte Suprema de Justicia a la carta del Teniente Coronel Hugo Chávez

En la Sesión Extraordinaria efectuada en el día de hoy, doce de abril de mil novecientos noventa y nueve, la Corte Suprema de Justicia, en Pleno, examinó las declaraciones atribuidas al ciudadano Presidente de la República Hugo Chávez Frías, difundidas por la prensa nacional en esta fecha, en las cuales se refirió a esta Corte Suprema de Justicia, señalando que "no existe" en ella "autoridad legítima y moral".

1.- Estima este Supremo Tribunal de la República, base fundamental del sistema democrático y garante del Estado de Derecho, que tales declaraciones atentan contra su dignidad institucional.

2.- Considera esta Corte que las aludidas expresiones constituyen una clara violación del respeto y colaboración que debe existir entre las ramas del Poder Público, principio sobre el cual descansa nuestro Sistema Democrático.

3.- Enfatiza este Alto Tribunal que en todos los pronunciamientos jurisdiccionales ha ratificado la autoridad y legitimidad que corresponde a los poderes constituidos del Estado.

4.- Reafirma esta Corte Suprema de Justicia, que como garante fundamental del Estado de Derecho venezolano, está en disposición irrenunciable de hacer cumplir, con los medios de que dispone en el ámbito nacional e internacional, el ordenamiento jurídico vigente y las decisiones judiciales que lo preservan, frente a los gobernados así como ante las otras ramas del Poder Público, si fuere necesario.

En virtud de las anteriores consideraciones, esta Corte Suprema de Justicia, declara:

Primero: Rechaza categóricamente todas las expresiones en contra del Alto Tribunal de la República que excedan de la seria crítica de sus actos y se conviertan en ofensas e irrespeto, bajo ninguna circunstancia tolerable por esta Institución.

Segundo: Exige al ciudadano Presidente de la República Hugo Chávez Frías, cese en su actitud irrespetuosa y hostil contra la Corte Suprema de Justicia, a la cual le corresponde como función primordial preservar el Estado de Derecho, y la que en ejecución de sus atribuciones constitucionales y legales, cumple su labor jurisdiccional, teniendo como único límite, la recta aplicación del ordenamiento jurídico establecido.

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